27 / junio / 2025

Acuerdo sobre la Exclusión de Premios de Asistencia y Puntualidad del Salario Base de Cotización

Escrito por: AS Consulting Group19/12/2024

El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) emitió el Acuerdo ACDO.AS2.HCT.281124/436.P.DIR, aprobado el 28 de noviembre de 2024. Este acuerdo establece criterios específicos para la exclusión del salario base de cotización (SBC) de los premios de asistencia y puntualidad, según el artículo 27 de la Ley del Seguro Social (LSS).

Criterios Principales

  1. Límite del 10% del SBC: Los premios de asistencia y puntualidad no deben exceder el 10% del SBC para ser excluidos. Si superan este porcentaje, deberán integrarse al SBC.
  2. Controles de Asistencia y Puntualidad: Los patrones deben acreditar ante el IMSS la naturaleza de estos conceptos mediante registros confiables y verificables.
  3. Registro Contable: Los pagos deben estar debidamente registrados en la contabilidad del patrón para justificar su exclusión del SBC.

Prácticas Fiscales Indebidas

El IMSS detectó irregularidades en la gestión de estos premios. Se consideran prácticas fiscales indebidas las siguientes:

  • Excluir del SBC premios que exceden el 10%.
  • Excluir pagos que no cumplen con las condiciones establecidas o que no están registrados correctamente.
  • Participar, asesorar o avalar estas prácticas, incluyendo a contadores que emitan dictámenes sin observaciones al respecto.

Objetivo del Acuerdo

Protección de los Trabajadores: Garantizar que las prestaciones y beneficios derivados del SBC no sean reducidos por prácticas irregulares.

Cumplimiento Transparente: Fomentar la transparencia en las obligaciones patronales y asegurar el correcto cumplimiento de la legislación laboral.

Este acuerdo promueve la correcta integración del SBC para proteger los derechos de los trabajadores. Los patrones deben cumplir estrictamente con los límites y requisitos establecidos para evitar sanciones y garantizar la

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