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🚢💻 Nuevas Reglas Fiscales para Navieras y Plataformas Digitales en México 2025: Lo que Todo Empresario Debe Saber

Escrito por: AS Consulting Group10/07/2025

Por AS Consulting Group

El 9 de julio de 2025, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Cuarta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2025, la cual trae cambios relevantes tanto para empresas navieras como para emprendedores y empresarios que operan en plataformas digitales. A continuación, te explicamos de manera clara y práctica su impacto:

⚓ 1. Empresas Navieras y Cruceros: Nuevas Obligaciones de Pago de Derechos Migratorios

Si tu empresa está involucrada en la industria marítima de cruceros, debes considerar que:

✅ Ahora las navieras y agentes consignatarios deberán:

•   Solicitar acceso al Portal de Servicios Marítimos del INM.
•   Cargar electrónicamente la lista de pasajeros y tripulantes antes del arribo.
•   Realizar el pago de derechos migratorios a más tardar el día 17 del mes siguiente a su causación, concentrando el pago global de cada embarcación.
•   Enviar recibo y relación de operaciones al INM en un plazo de 3 días hábiles posteriores al pago.

💡 Impacto práctico: Estas medidas buscan modernizar y controlar la recaudación de derechos migratorios, pero implican mayor cumplimiento administrativo y flujo de pagos más rápido, por lo que debes ajustar tus procesos contables y bancarios para no incurrir en sanciones.

💻 2. Plataformas Digitales: Confirmación de su Tratamiento Fiscal como Actividad Empresarial

La modificación al Anexo 7 de la RMF 2025 reitera un criterio clave:

🔎 Personas físicas que venden bienes o prestan servicios a través de plataformas digitales (Uber, Didi, Rappi, Amazon, Mercado Libre, freelancers, etc.):

•   Se consideran realizando actividades empresariales, no servicios subordinados.
•   Están sujetas al pago de ISR conforme al Título IV, Capítulo II, Sección III de la LISR, y al IVA en términos de la Ley.
•   La reforma laboral que reconoce derechos laborales a estos trabajadores (DOF 24/12/2024) no cambia su tratamiento fiscal como empresarios individuales.

💡 Recomendación práctica: Si eres emprendedor o freelancer en plataformas digitales, asegúrate de: • Emitir tus CFDI correctamente como actividad empresarial. • Calcular adecuadamente tus pagos provisionales de ISR e IVA. • Evaluar si te conviene tributar bajo Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) para personas físicas para optimizar tu carga fiscal. ⸻

📝 3. Fechas Clave

•   18 al 31 de julio de 2025: Primer periodo general de vacaciones del SAT. Planea tus trámites y citas con anticipación.
•   10 de julio de 2025: Entrada en vigor de estas disposiciones.

💡 Conclusión: Cumplimiento y Oportunidades

Tanto la industria marítima como el ecosistema digital se consolidan como motores de crecimiento económico en México. Estas nuevas reglas buscan mayor formalidad y recaudación, pero también representan una oportunidad para:

✅ Optimizar tu estrategia fiscal. ✅ Prever flujos de efectivo para cumplimiento oportuno. ✅ Profesionalizar tu operación ante la autoridad y tus clientes.

🔔 ¿Tu empresa está preparada?

En AS Consulting Group, ayudamos a empresarios y emprendedores a implementar estas disposiciones sin complicaciones, optimizando sus procesos fiscales y contables. Contáctanos en www.ascg.mx para asesoría especializada en cumplimiento fiscal y planeación estratégica.

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