Por AS Consulting Group
El 9 de julio de 2025, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Cuarta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2025, la cual trae cambios relevantes tanto para empresas navieras como para emprendedores y empresarios que operan en plataformas digitales. A continuación, te explicamos de manera clara y práctica su impacto:
Si tu empresa está involucrada en la industria marítima de cruceros, debes considerar que:
✅ Ahora las navieras y agentes consignatarios deberán:
• Solicitar acceso al Portal de Servicios Marítimos del INM.
• Cargar electrónicamente la lista de pasajeros y tripulantes antes del arribo.
• Realizar el pago de derechos migratorios a más tardar el día 17 del mes siguiente a su causación, concentrando el pago global de cada embarcación.
• Enviar recibo y relación de operaciones al INM en un plazo de 3 días hábiles posteriores al pago.
💡 Impacto práctico: Estas medidas buscan modernizar y controlar la recaudación de derechos migratorios, pero implican mayor cumplimiento administrativo y flujo de pagos más rápido, por lo que debes ajustar tus procesos contables y bancarios para no incurrir en sanciones.
La modificación al Anexo 7 de la RMF 2025 reitera un criterio clave:
🔎 Personas físicas que venden bienes o prestan servicios a través de plataformas digitales (Uber, Didi, Rappi, Amazon, Mercado Libre, freelancers, etc.):
• Se consideran realizando actividades empresariales, no servicios subordinados.
• Están sujetas al pago de ISR conforme al Título IV, Capítulo II, Sección III de la LISR, y al IVA en términos de la Ley.
• La reforma laboral que reconoce derechos laborales a estos trabajadores (DOF 24/12/2024) no cambia su tratamiento fiscal como empresarios individuales.
💡 Recomendación práctica: Si eres emprendedor o freelancer en plataformas digitales, asegúrate de: • Emitir tus CFDI correctamente como actividad empresarial. • Calcular adecuadamente tus pagos provisionales de ISR e IVA. • Evaluar si te conviene tributar bajo Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) para personas físicas para optimizar tu carga fiscal. ⸻
• 18 al 31 de julio de 2025: Primer periodo general de vacaciones del SAT. Planea tus trámites y citas con anticipación.
• 10 de julio de 2025: Entrada en vigor de estas disposiciones.
Tanto la industria marítima como el ecosistema digital se consolidan como motores de crecimiento económico en México. Estas nuevas reglas buscan mayor formalidad y recaudación, pero también representan una oportunidad para:
✅ Optimizar tu estrategia fiscal. ✅ Prever flujos de efectivo para cumplimiento oportuno. ✅ Profesionalizar tu operación ante la autoridad y tus clientes.
🔔 ¿Tu empresa está preparada?
En AS Consulting Group, ayudamos a empresarios y emprendedores a implementar estas disposiciones sin complicaciones, optimizando sus procesos fiscales y contables. Contáctanos en www.ascg.mx para asesoría especializada en cumplimiento fiscal y planeación estratégica.