12 / junio / 2025

¿Te restringieron el Certificado de Sello Digital por no enviar los reportes de controles volumétricos? Esto debes saber

Escrito por: AS Consulting Group12/06/2025

Por AS Consulting Group www.ascg.mx

El Certificado de Sello Digital (CSD) es esencial para emitir facturas electrónicas (CFDI). Sin este certificado, una empresa queda imposibilitada para facturar y, por ende, para operar formalmente. En los últimos meses, diversos contribuyentes, especialmente del sector de hidrocarburos, han recibido notificaciones del SAT sobre la restricción de su CSD por la omisión en el envío de reportes volumétricos. Esta acción tiene implicaciones fiscales serias y debe atenderse con rapidez.

¿Por qué te restringieron el CSD?

De acuerdo con el artículo 28, fracción I, apartado B y fracción IV del Código Fiscal de la Federación (CFF), en relación con las Reglas 2.6.1.1. y 2.6.1.2. de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) 2024, el SAT puede restringir temporalmente el CSD si detecta que:

  • Emitiste CFDI relacionados con operaciones de:

    • Compraventa de Hidrocarburos, Petrolíferos o Petroquímicos.
    • Gestión o contratación de transporte, almacenamiento o distribución de estos productos.
    • Prestación o intermediación de servicios de valor agregado relacionados.
  • Pero no enviaste los reportes volumétricos obligatorios, exigidos para dichas actividades.

¿Qué son los controles volumétricos?

Son sistemas electrónicos que registran en tiempo real la cantidad de hidrocarburos que se transportan, almacenan, venden o distribuyen. Estos controles generan reportes mensuales que deben ser enviados al SAT. La falta de este envío se considera una falta grave y puede derivar en sanciones y restricción del CSD.

¿Qué hacer si te restringieron el CSD?

1.Verifica el oficio del SAT

  • Confirma que efectivamente el motivo de la restricción es la omisión del envío de los reportes volumétricos.

2.Evalúa tu situación fiscal

  • Asegúrate de que los CFDI que emitiste corresponden realmente a las actividades económicas registradas en tu RFC.

3.Corrige las irregularidades o desvirtúa las causas

  • Tienes 40 días hábiles a partir de la notificación para presentar una aclaración en el Portal del SAT, conforme al artículo 17-H Bis del CFF y la ficha de trámite 296/CFF del Anexo 1-A de la RMF 2025.

4.Prepara tu caso con respaldo técnico y legal Es recomendable acompañar tu aclaración con:

  • Evidencia documental.
  • Reportes corregidos.
  • Opinión técnica de tus proveedores de sistemas de control volumétrico.

5.Solicita apoyo de PRODECON Si el SAT no responde o no libera tu CSD injustificadamente, puedes acercarte a la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON) para que intervenga gratuitamente como mediador.

¿Cómo evitar la restricción del CSD en el futuro?

  • ✅ Asegura que tus sistemas de control volumétrico estén conectados correctamente y actualizados.
  • ✅ Revisa mes a mes que los reportes hayan sido enviados correctamente.
  • ✅ Verifica que las actividades en tu RFC coincidan con los CFDI emitidos.
  • ✅ Mantente informado de las reglas fiscales aplicables en la RMF y las actualizaciones del SAT.

Conclusión

La restricción del CSD por omisión de reportes volumétricos no debe tomarse a la ligera. Puede paralizar tu operación y dañar tu reputación fiscal. Es clave atender oportunamente la notificación, subsanar o aclarar las causas y contar con el acompañamiento de expertos.

En AS Consulting Group, contamos con un equipo especializado para ayudarte a:

  • Reestablecer tu CSD.
  • Alinear tus actividades fiscales.
  • Fortalecer tu cumplimiento normativo.
  • Evitar futuras restricciones del SAT.

📩 Contáctanos en www.ascg.mx y agenda una consulta sin costo.

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