En la fiscalización de operaciones entre partes relacionadas, el SAT —alineado con los estándares del Proyecto BEPS de la OCDE— ha comenzado a aplicar dos criterios críticos que ya impactan directamente la validez de deducciones fiscales y la aceptación de transacciones intercompañía: materialidad y materialización.
Ambos conceptos están reformulando la manera en que las empresas deben justificar sus operaciones internas. El SAT ya no se conforma con contratos o CFDI: ahora exige sustancia real, funcionalidad operativa y relevancia económica.
Es el criterio que determina si una operación entre partes relacionadas es fiscalmente relevante y por tanto, requiere documentación específica en el estudio de precios de transferencia o en declaraciones como el Anexo 9 DIM o los archivos BEPS (Local/Maestro/CbCR).
🧩 Ejemplo fiscal: Una transferencia interna de $25,000 pesos por servicios administrativos podría ser considerada no material y, por tanto, exenta de análisis detallado, si representa menos del 1% de las operaciones del contribuyente.
Es el criterio de existencia real y sustancia económica de la operación. El SAT no acepta deducciones por operaciones simuladas, duplicadas o que no tengan respaldo operativo.
✔ El SAT ya exige:
🚨 No basta con que la operación sea material, si no está materializada, el SAT puede rechazarla.
Evalúa tus operaciones intercompañía con dos preguntas clave:
La materialidad define qué se debe documentar, pero la materialización define qué puede deducirse. No entender esta diferencia en 2025 puede derivar en ajustes millonarios, requerimientos reiterados del SAT, y pérdida del CSD.
En As Consulting Group, evaluamos la sustancia económica de tus operaciones, documentamos conforme a BEPS y defendemos tus deducciones ante la autoridad con pruebas claras y técnicas.