19 / diciembre / 2024

Minuta sobre la Reforma al Artículo 19 de la Constitución Política

Escrito por: AS Consulting Group18/12/2024

ANTECEDENTES

Propuesta presidencial: El 5 de febrero de 2024, el entonces presidente Andrés Manuel López Obrador presentó ante la Cámara de Diputados una iniciativa de reforma al párrafo segundo del artículo 19 constitucional, con el objetivo de incluir nuevos delitos en el catálogo de prisión preventiva oficiosa.

Aprobación en la Cámara de Diputados: El 13 de noviembre de 2024, la Cámara de Diputados aprobó la iniciativa con 335 votos a favor, 108 en contra y 57 ausencias. Turno al Senado: El 14 de noviembre de 2024, la iniciativa fue remitida a la Cámara de Senadores y turnada a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y Estudios Legislativos.

CONTENIDO DE LA REFORMA

La propuesta modifica el artículo 19 para incluir en el catálogo de prisión preventiva oficiosa los siguientes delitos: Extorsión. Producción, distribución y tráfico de precursores químicos y drogas sintéticas, incluyendo el fentanilo. Contrabando y uso de comprobantes fiscales falsos.

JUSTIFICACIÓN

Extorsión: Este delito ha evolucionado con el uso de tecnologías, lo que facilita su comisión y dificulta su persecución. En 2022, México registró 10,343 denuncias por extorsión, un aumento del 47.6% respecto a 2018.

Drogas sintéticas: La producción y distribución de fentanilo y otras drogas sintéticas representan un grave problema de salud pública y seguridad. Este opioide, 50 veces más potente que la heroína, ha incrementado las muertes por sobredosis y las ganancias del crimen organizado. Comprobantes fiscales falsos: Este esquema de evasión fiscal perjudica la recaudación tributaria y afecta la capacidad del Estado para financiar servicios esenciales. En 2024, el SAT detectó más de 10,000 contribuyentes involucrados en este delito.

IMPLICACIONES LEGALES Y SOCIALES

Protección de bienes jurídicos: La prisión preventiva oficiosa busca garantizar la seguridad pública y evitar la reincidencia en delitos graves.

Presunción de inocencia: Se reitera que esta medida es excepcional y su aplicación debe ceñirse estrictamente a lo estipulado en la Constitución, evitando interpretaciones extensivas. Impacto presupuestario: Según la Secretaría de Hacienda y el Centro de Estudios de las Finanzas Públicas, la reforma no genera costos adicionales para el erario.

REGIMEN TRANSITORIO

Entrada en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Adecuaciones legislativas en un plazo de 180 días para el Congreso de la Unión y 365 días para las legislaturas locales.

Las Comisiones Unidas dictaminan en sentido positivo la reforma al artículo 19 de la Constitución, destacando su importancia para fortalecer el marco jurídico en la lucha contra delitos de alto impacto. Este cambio busca equilibrar la protección de la seguridad pública con el respeto a los derechos humanos, priorizando el bienestar colectivo.

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