El mundo de los negocios está lleno de conceptos complejos que pueden generar confusión, especialmente cuando se trata de aspectos fiscales. Uno de estos conceptos clave es el de "regalías", cuya correcta comprensión resulta esencial para empresarios y emprendedores que deseen optimizar su gestión financiera y cumplir con sus obligaciones tributarias sin caer en errores costosos.
Según el artículo 15-B del Código Fiscal de la Federación (CFF), el término "regalías" abarca los pagos realizados por el uso o goce temporal de derechos intangibles como:
En términos simples, cualquier pago por utilizar o explotar derechos intangibles de terceros se considera una regalía a efectos fiscales.
La correcta tributación de regalías depende del origen del pago y de la residencia fiscal del beneficiario.
1. Ingresos de Fuente Nacional
El artículo 167 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR) establece que se consideran ingresos de fuente nacional las regalías que:
Las tasas de retención del ISR para regalías pueden variar según el tipo de bien o servicio. Algunas de las más comunes son:
2. Convenios Internacionales y Retenciones Reducidas
En muchos casos, los convenios para evitar la doble tributación (como el firmado entre México y China) establecen tasas reducidas, generalmente entre 10% y 15%, en lugar del 25% previsto en la legislación mexicana.
El uso o goce temporal de software presenta un dilema particular. Mientras el Modelo de Convenio de la OCDE (artículo 12) permite que las regalías sean gravadas en el país de origen con tasas reducidas, las autoridades fiscales mexicanas sostienen que los pagos por el uso de software estandarizado deben tratarse como regalías y no como "beneficios empresariales".
Sin embargo, el artículo 7 del mismo convenio y sus comentarios indican que el software estandarizado debe considerarse como una renta comercial y no como una regalía, lo que excluiría la retención del ISR en México.
Esta discrepancia ha generado conflictos interpretativos, ya que las autoridades fiscales insisten en que estos pagos se consideren regalías, lo cual puede significar una retención innecesaria o errónea si no se realiza el análisis adecuado.
Para empresarios y emprendedores, la correcta gestión de regalías es fundamental para evitar sanciones fiscales. A continuación, algunas recomendaciones clave:
1. Consulta a un Especialista Fiscal
Dado que la interpretación de la ley puede variar según el tipo de pago y la naturaleza del derecho, contar con el asesoramiento de un contador especializado en tributación internacional es fundamental.
2. Analiza el Origen del Pago y la Naturaleza del Derecho
Antes de realizar un pago por regalías, identifica si el uso del bien o derecho está vinculado a territorio nacional o extranjero. Esto determinará la retención aplicable y el tratamiento fiscal correcto.
3. Aplica los Convenios Internacionales de Manera Estratégica
Verifica si existe un convenio para evitar la doble tributación con el país receptor de las regalías y asegúrate de cumplir con los requisitos documentales para aplicar tasas reducidas.
4. Documentación Clara y Precisa
Mantén un expediente detallado que respalde el tipo de derecho o bien por el cual se paga la regalía, así como los convenios aplicables y las tasas de retención empleadas.
Las regalías pueden ser un tema espinoso para empresarios y emprendedores, especialmente cuando se trata de pagos internacionales y derechos intangibles como el software. La clave está en realizar un análisis exhaustivo de cada caso y contar con asesoría especializada para evitar conflictos con las autoridades fiscales.
Si tu negocio realiza pagos por el uso de marcas, tecnología o software, asegúrate de estar al tanto de la normativa vigente y aplicar correctamente los convenios internacionales. Una gestión adecuada de las regalías no solo garantiza el cumplimiento legal, sino que también evita costos innecesarios por errores tributarios.